Adquiera las oportunidades derivadas de los remates bancarios con inmejorables descuentos sobre sus valores comerciales reales. Invierta y genere atractivas ganancias en asuntos inmobiliarios en los diferentes municipios de Puebla. Bienes inmuebles adjudicados, derechos litigiosos, derechos fiduciarios y derechos hipotecarios. Amplios inventarios de departamentos, casas, bodegas, terrenos, centros comerciales, terrenos habitaciones, hoteles, terrenos industriales, terrenos urbanos, haciendas, ranchos y más.
Llene el siguiente formulario y a vuelta de correo electrónico, le haremos llegar la lista solicitada, así como el procedimiento para su adquisición. Si es de su interés que le enviemos listados de otros estados, indíquelo en sus comentarios.
35 años de experiencia nos respaldan.
Alejandro Aguirre Desamaniego
Mortgage Broker
(55) 56784134 Ciudad de México.
NOTA: NO SE ACEPTAN CREDITOS DE NINGUNA ESPECIE
Guia Rápida
Escriturado D Disponible
Inmuebles que se pueden ofrecer al cliente ya escriturados, al corriente con sus pagos de impuestos y con posesión física y jurídica.
No tiene problemas Jurídicos.
Se firma un contrato de Promesa de Compra Venta con un depósito mínimo del 30% y el restante a la firma de la escritura pública en un plazo de entre 30 y 90 días.
Escriturado ND No Disponible
Inmuebles que se pueden ofrecer al cliente escriturados y al corriente del pago de impuestos.
No se cuenta con la posesión Física ni Jurídica.
Se firma un contrato de Promesa de Compra Venta con un depósito mínimo del 30 % y el restante a la firma de la escritura pública en un plazo de entre 30 Y 90 días. La toma de posesión será por cuenta y orden del comprador
Derechos Fiduciarios
En este rubro,La Empresa Recuperadora o el Banco es el dueño ya sea del 100% o de algún porcentaje de Derechos de Fideicomisario donde el Fiduciario es el propietario de los bienes. La empresa recuperadora o el banco puede instruir al Fiduciario para Vender el inmueble a un cliente o Ceder los derechos que tiene en el fideicomiso.
Pertenece a un fideicomiso.
En el primero de los casos la venta se efectúa mediante la firma de un contrato de promesa de Compra Venta que el cliente celebra con el Fiduciario, con un mínimo de 30% a la firma de dicho contrato y el resto a la firma de la escritura pública en un plazo de 30 días. El segundo caso, se efectúa con el pago del 100 % a la firma de un contrato de cesión de derechos de Fideicomisario, donde la entidad propietaria cede directamente al cliente sus derechos y obligaciones en dicho Fideicomiso
Derechos Adjudicados No Disponibles
En estas operaciones contamos con la Sentencia de Adjudicación en firme a favor del Banco que demandó el pago del crédito.
El inmueble se encuentra en trámite de escrituración, pero no se cuenta con toma de posesión física ni jurídica.
Se vende mediante un Contrato de Cesión de Derechos de Adjudicación, con el pago del 100 % a la firma de dicho contrato y en estos casos el cliente asume todos los gastos que se generen desde el juicio hasta la escrituración. En estos gastos se consideran los ISAI por traslado de dominio, así como los honorarios que se adeuden al abogado externo que llevó el juicio y aquellos que se originen por la toma de posesión.
Derechos Litigiosos
Estos derechos se generaron por algún amparo que interpuso un ex-deudor y que pudo ganarlo, entonces quedó sin efecto la adjudicación o simplemente no se ha llegado a obtener la sentencia de remate, entonces el inmueble todavía es sujeto del juicio que este en proceso.
No se cuenta con la sentencia de adjudicación del inmueble, por tanto, tampoco con la escrituración ni con la toma de posesión física y jurídica.
En estos casos se puede enajenar el derecho sobre el inmueble en garantía, mediante la firma de un Contrato de Cesión de Derechos Litigiosos, con el pago del 100% a la firma de dicho contrato y en estos casos el cliente asume todos los gastos que se generen durante dicho proceso.
Derechos de Crédito
Estos derechos se derivan de créditos que las Instituciones de Crédito otorgaron a un cliente y éste no pagó, en consecuencia son créditos vencidos, pero no se ha iniciado la acción jurídica que corresponda para la recuperación del adeudo.
No se ha hecho demanda alguna contra el deudor, y por tanto, no hay todavía juicio abierto. No tiene sentencia de adjudicación, ni escrituras ni toma de posesión física.
Se ceden los derechos mediante la firma de un «Contrato de Cesión de Derechos de Crédito», con el pago del 100% a la firma de dicho contrato y en este caso el cliente asume todos los gastos de dicho proceso.
PREGUNTA FRECUENTE
Que es un bien adjudicado?
Un bien adjudicado, es la consecuencia de un procedimiento legal en donde el inmueble fue embargado y adjudicado al Actor.
Éste último ya debe contar con la Sentencia correspondiente de adjudicación, por lo tanto, puede venderla con entera libertad, Usted como comprador debe elegir a un Notario de tu confianza para que revise que todos los documentos estén en regla y proceder a tirar la Escritura de Compra Venta a su nombre, o a quien usted designe como nuevo propietario, en estricto derecho, el inmueble deberá ser entregado de inmediato una vez pagado y firmada la Escritura de compra venta.
Observación……No es lo mismo comprar un inmueble adjudicado, que comprar los derechos litigiosos de un procedimiento Judicial, éste último tiene pendiente o en curso el proceso judicial y es preciso conocer los detalles y alcances del mismo antes de adquirirlos, como cualquier negocio tiene sus riesgos y beneficios, y es por esta razón que ampliamente recomendamos estudiar los casos con experimentados abogados antes de hacer la gestión de adquirir los derechos litigiosos de cualquier caso, sí usted no cuenta con los servicios de un profesional, podremos recomendarle a alguno de los que trabajan con nosotros..
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